MONTO MINIMO DE BANCARIZACIÓN 2022
Mediante Ley N° 31380 se de delegó al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica a fin de contribuir al cierre de brechas sociales. En ese sentido el 02 de marzo de 2022 se aprobó el Decreto Legislativo N° 1529, que modifica la ley para la lucha contra la evasión y para la formalización de la economía, en el Artículo 4° indica que el monto a partir del cual se deberá utilizar Medios de Pago es de dos mil soles (S/ 2,000) o quinientos dólares americanos (US$ 500). Dichos límites entran en vigencia a partir del 01 de abril de 2022 Cabe precisar que se debe usar medio de pago aun cuando las cancelaciones se realicen de manera parcial por importes menores a dichos montos. La bancarización, consiste en formalizar todas las operaciones y canalizarlas a través de medios legales que permiten identificar su origen y destino y que el Estado pueda ejercer sus facultades de fiscalización contra la evasión tributaria, el lavado de activos y otros delitos. Efectos Tributarios: El art. 8 de la Ley 28194 indica: Los pagos que se efectúen SIN utilizar Medios de Pago no darán derecho a deducir gastos, costos o créditos; a efectuar compensaciones ni a solicitar devoluciones de tributos, saldos a favor, reintegros tributarios, recuperación anticipada, restitución de derechos arancelarios. Pueden descargar aquí el Decreto Legislativo N° 1529 Para asesorías personalizadas, consultarnos al Whatsapp. Aquí